>> Descargar la Ordenanza del HCS 10/2018.
1- Nota completa: descargar aquí.
2- DNI.
3- Certificado analítico controlado en actas de la Universidad de origen, donde conste carrera, asignatura, calificación, fecha de aprobación y constancia de aplazos.
4- Programas legalizados con los que aprobó las asignaturas en la facultad de origen.
5- Plan de estudios legalizado.
6- Resolución Ministerial que otorga reconocimiento oficial y validez nacional al título correspondiente a la carrera cursada.
7- Certificado analítico de estudios secundarios terminados en la República Argentina. Alumnos con secundarios extranjeros: certificado analítico o diploma convalidado o revalidado por el Ministerio de Educación de la República Argentina.
8- Certificado de no sanción disciplinaria
9- Constancia de baja de matrícula, si se trata de la misma carrera.
Alumnos provenientes de universidades extranjeras
1- Nota completa: descargar aquí.
2- Fotocopia de DNI anverso y reverso.
3- Certificado analítico controlado en actas de la Universidad de origen, donde conste carrera, asignatura, calificación, fecha de aprobación y constancia de aplazos.
4- Programas legalizados con los que aprobó las asignaturas en la facultad de origen.
5- Plan de Estudios legalizado.
6- Resolución Ministerial que otorga reconocimiento oficial y validez nacional al título correspondiente a la carrera cursada.
7- Certificado analítico de estudios secundarios terminados en la República Argentina. Alumnos con secundarios extranjeros:certificado analítico o diploma convalidado o revalidado por el Ministerio de Educación de la República Argentina.
8- Certificado de no sanción disciplinaria.
9- Constancia otorgada por un organismo competente del país de origen que acredite que la universidad en la que cursó los estudios es reconocida y está autorizada para funcionar.
10- Personas extranjeras no hispanoparlantes: deberán acompañar junto con la solicitud el certificado de aprobación del examen CELU (Certificado de Español Lengua y Uso) con nivel intermedio mención muy bueno, legalizado por el organismo que lo emita.
11- Si la documentación solicitada fuera emitida por autoridades extranjeras de un país signatario de la convención de La Haya, aprobada por Ley Núm. 23.458, debe ser presentada con la Apostilla en cada documento. Para los países fuera del convenio de la Haya, la documentación debe estar legalizada por organismos competentes del país de origen: Ministerio de Educación, Ministerio de Relaciones Exteriores y Autoridades Consulares de la República Argentina (Dec. PEN N.º 162/01).
Toda documentación debe ser presentada en idioma nacional, de no ser así deberá acompañarse con la traducción realizada por un traductor público matriculado certificada por el Colegio Público de Traductores de la jurisdicción correspondiente, perteneciente a la Federación Argentina de Traductores. |
Este trámite es para estudiantes que cursen más de una carrera de la Facultad de Lenguas y deseen solicitar el reconocimiento de las materias ya aprobadas que sean comunes. Deberán:
1- Completar la nota de solicitud - Descargar aquí
2- Completar el formulario de solicitud de equivalencias internas.
3- Adjuntar en el formulario:
a. La nota completa y firmada.
b. Un archivo PDF con las imágenes del DNI escaneado frente y dorso (en un solo archivo). Las imágenes del DNI y todos sus datos deben ser legibles.
c. Un archivo PDF con la Historia Académica de la carrera donde figuren las asignaturas aprobadas.
Informes:
Área Enseñanza
Oficialía: oficialia@lenguas.unc.edu.ar